Proceso que sigue el sistema para cálculo del impuesto a la renta

Modificado el Jue, 28 Dic, 2023 a 1:55 P. M.

Proceso que sigue el sistema Nómina360 para cálculo del impuesto a la renta a partir del año 2023.


Consideraciones Importantes:

  • El equipo de Nómina360 ya ha actualizado el SBU y Sueldos Sectoriales para el 2023.
  • El equipo de Nómina360 ya ha actualizado la tabla de impuestos de 2023.


PROCESO QUE SIGUE EL SISTEMA:


Primero Proceso: Base Imponible Impuesto (Total Ingresos SRI del año – Aporte Personal del año)

  1. Inicialmente se realiza la proyección de los ingresos de todo el año de cada empleado en base al sueldo del contrato. 

  1. A medida que se van generando los roles de cada mes, el valor del mes correspondiente al rol se actualiza con total de los rubros configurados para aportar al SRI.

Por ejemplo, en caso de que el sueldo de una persona sea de $2.000, y en el rol de enero 2022 tenga ingresos adicionales en el rubro de comisiones por $200 (en este ejemplo el rubro de comisiones es aportable al SRI, los ingresos anuales se verían de la siguiente manera, con un total de ingresos anuales de $24.200:

 

  1. Al total de ingresos, se debe restar el total de aporte personal correspondiente al año completo.
    1. En el caso de los roles que ya fueron generados, se debe descontar el aporte personal descontado en dichos roles.
    2. En caso de meses a los que aún no se ha generado un rol, se utilizará el aporte personal correspondiente al sueldo del contrato.

 OJO: Es posible que dependiendo la configuración que usted haya hecho en su sistema en sus Rubros, el valor que se descuente por concepto de aporte personal no coincida con el total de ingresos del SRI ya que puede haber un rubro que este configurado como "Aportable al IESS" pero "No aportable al SRI" y viceversa.

 

 

Segundo Proceso: Base Imponible Crédito Tributario (Total Ingresos SRI + Décimo Tercero + Décimo Cuarto)

  1. Como en el caso anterior, se debe calcular el valor total de ingresos del año del empleado.
  2. Adicionalmente se debe sumar el valor total de décimo tercero y décimo cuarto correspondiente al año completo:
    1. En el caso de los roles que ya fueron generados, se deben sumar los valores de decimos generados en dichos roles.
    2. En caso de meses a los que aún no se ha generado un rol, se utilizarán los décimos proyectados en base al sueldo del contrato.

 

 

Importante: Crédito Tributario (ACTUALIZACIÓN JULIO 2023)

  • Nro. de Canastas Básicas: la cantidad de canastas básicas definirá el valor máximo a descontar por concepto de crédito tributario al impuesto de un empleado. La cantidad de canastas será definida a partir de la cantidad de cargas familiares que tenga registrado el empleado en el sistema. La siguiente tabla muestra la cantidad de canastas básicas a utilizar según la cantidad de cargas familiares del empleado:

                       

Nro. de cargas familiaresNro. Canastas familiares básicas
07
19
211
314
417
5 o más20



  • Valor máximo a descontar: será definido por el valor de la canasta básica vigente * Nro. de canastas básicas obtenido en el paso anterior.
    Ej: en caso de que la canasta básica tenga un valor de
  • 764,71 y un empleado posea 1 carga familiar, la cantidad de canastas básicas sería igual a 7, en cuyo caso el valor máximo serría 764,71 * 7 = 5352,97
  • Gastos Personales: Obtener el total de los gastos personales del empleado (Vivienda, Salud, Educación, Alimentación, Vestimenta y Turismo).
  • Crédito Tributario: se obtiene calculando el 18% del valor menor entre los Gastos Personales  y el Valor máximo a descontar, ambos calculados en los pasos anteriores.
    Ejemplo 1:
    • Gastos Personales: 6000,00
    • Valor máximo a descontar: 5351,97
    • Se debe calcular el 18% del menor de los valores previamente mencionados, en éste caso el 18% del valor máximo a descontar.
    • Crédito Tributario: 5352,97 * 18% = $963,53

Ejemplo 2:

  • Gastos Personales: 4000,00
  • Valor máximo a descontar: 5351,97
  • Se debe calcular el 18% del menor de los valores previamente mencionados, en éste caso el 18% de los gastos personales registrados.
  • Crédito Tributario: 4000 * 18% = $720

 

Impuesto Anual

  1. A partir de la base imponible del impuesto, se debe determinar a qué rango de la tabla de impuestos corresponde dicho valor:



2. Exc. Frac. básica: Una vez determinado el rango, se debe obtener el exceso de la fracción básica calculando la diferencia entre la base imponible del impuesto y la fracción básica del rango previamente obtenido.

Exc. Frac. básica = base imponible impuesto – fracción básica del rango correspondiente

3.Impuesto fracción básica: determinar el impuesto de la fracción básica correspondiente al rango previamente obtenido.

4. Impuesto fracción Excedente: Se debe multiplicar el Exc. Frac. Básica previamente calculado * el % exc correspondiente al rango previamente obtenido.

Impuesto fracción Excedente = Exc. Frac. Básica * % exc


5. Impuesto Anual: se obtiene al sumar los valores correspondientes a Impuesto fracción básica e Impuesto fracción Excedente

Impuesto Anual = Impuesto fracción básica + Impuesto fracción Excedente

 

 

Impuesto a Pagar 

Luego de calcular la el Impuesto Anual y el Crédito Tributario, se debe calcular la diferencia entre ambos para obtener el valor del impuesto a la renta total a pagar.

Impuesto a pagar = impuesto anual – crédito tributario

 

 

Impuesto a descontar en los roles

Antes de realizar el cálculo se deben obtener los siguientes valores: 

  • Total Descontado: Obtener el total de impuestos descontados en los roles correspondientes al periodo fiscal.
  • Cantidad de meses pendientes por descontar: obtener la cantidad de meses en los cuales aún no se ha descontado impuesto a la renta, incluido el mes en el cual se está generando el rol.

Ejemplo: 

En caso de que se hayan generado los roles correspondientes a enero, febrero y marzo, y se desee obtener el valor a descontar en abril:

  • Se debe obtener el total de impuesto a la renta descontado en los meses de enero, febrero y marzo.
  • Obtener la cantidad de meses por descontar (incluido abril), en nuestro ejemplo, serían 9 meses pendientes.

 

  1. Impuesto Pendiente por descontar: Se debe restar el total descontado del impuesto total a pagar calculado previamente

Impuesto Pendiente por descontar = impuesto a pagar – total descontado

Siguiendo el ejemplo anterior, dado el total del impuesto a pagar ($430,81); en caso de que se hayan descontado $35,90 en cada uno de los meses de enero, febrero y marzo para un total de $107,70, se debe realizar la siguiente operación:

Impuesto Pendiente por descontar = 430,81 – 107,70

Impuesto Pendiente por descontar = 323,11

 

 

  1. Impuesto a descontar en rol: se debe dividir el valor de impuesto Pendiente por descontar obtenido previamente entre la Cantidad de meses pendientes por descontar (abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre)

Impuesto a descontar en rol = Impuesto Pendiente por descontar / Cantidad de meses pendientes por descontar

 

 

Una vez calculado el valor del impuesto a descontar en rol, dicho valor es el que se descontara por concepto de impuesto a la renta en el rol generado.

¿Le ha sido útil este artículo?

¡Qué bien!

Gracias por sus comentarios

¡Sentimos mucho no haber sido de ayuda!

Gracias por sus comentarios

¡Háganos saber cómo podemos mejorar este artículo!

Seleccione al menos una de las razones
Se requiere la verificación del CAPTCHA.

Sus comentarios se han enviado

Agradecemos su esfuerzo e intentaremos corregir el artículo